El pasado mes de julio, y por primera vez, todas aquellas personas que tuvieran un patrimonio superior a los tres millones de euros y cuyo resultado de la declaración hubiera sido positivo, se vieron obligadas a hacer efectivo el nuevo impuesto sobre las grandes fortunas cuya aprobación tuvo lugar a finales del 2022. Se trata de un impuesto de carácter temporal para los años 2023 y 2024.
Es, por tanto, un impuesto estatal complementario al Impuesto sobre el Patrimonio competencia de las Comunidades Autónomas. Resumidamente, el nuevo gravamen será del 1,7% para patrimonios con bases liquidables de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para las de entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos patrimonios con bases liquidables superiores a 10,6 millones de euros.
El objetivo del Gobierno es recaudar unos 1.500 millones de euros cada año de unos 23.000 contribuyentes.
A este impuesto se le podrá deducir la cuota abonada en concepto del Impuesto de Patrimonio, para evitar que las grandes fortunas tributen dos veces por el mismo hecho imponible, ya que este impuesto está delegado a las Comunidades Autónomas, que lo recaudan y pueden incorporar bonificaciones, como es el caso de algunas que lo hacen hasta en un 100%, eliminando en la práctica el gravamen. Algunas Comunidades Autónomas, como la de Madrid, han presentado alegaciones al nuevo Impuesto.
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